¿Quieres poder alquilar tu vivienda con toda tranquilidad?
La cobertura del Seguro de Hogar que se llama “Protección Integral del Arrendador” en mi opinión es muy importante cuando quieres alquilar tu piso/casa y quieres estar tranquil@ de que quedarás cubierto en caso de imprevistos causados por tus inquilinos (impago, juicio, defensa jurídica, daños al hogar arrendado, etc.).
Esta cobertura se contrata al mismo tiempo que contratas el Seguro de Hogar y en mi opinión es muy barata si tenemos en cuenta toooodo lo que cubre.
¿Cómo proteger su alquiler?
Le ofrecemos lo que necesita para garantizar su tranquilidad en todo lo que se refiere a su hogar arrendado:
Impago de alquileres
El Grupo Catalana Occidente le garantiza el cobro de la renta mensual fijada en el contrato de arrendamiento. El periodo de cobertura se extiende hasta 12 meses, periodo más que suficiente para el desalojo del inquilino de su hogar. Así, su inversión está siempre garantizada.
Actos vandálicos ocasionados en su vivienda
Nos hacemos cargo de los deterioros ocurridos en su propiedad, así como del robo de los elementos del continente de la misma, causados por el inquilino. De esta forma si su patrimonio ha sufrido algún daño la compañía responde por usted.
Defensa jurídica
Un equipo de abogados le asesorará personalmente y defenderá sus intereses ante cualquier conflicto relacionado con su hogar, entre ellos por supuesto, conflictos derivados del contrato de arrendamiento. El Grupo Catalana Occidente se preocupará de resolver cualquier problema, por pequeño que sea, que le ocasione el inquilino de su hogar.
Las mejores ventajas
Impago de alquileres
……….100% de la renta mensual hasta un máximo de 12 meses de renta
Actos vandálicos y/o robos ocasionados por el inquilino
……….Hasta 3.000 €
Defensa Jurídica
……….Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento
……….Defensa de derechos ante el Consorcio de Compensación de Seguros
……….Defensa de la responsabilidad penal
……….Reclamación de daños de origen extra contractual
……….Derechos relativos a la vivienda
……….Reclamación por incumplimiento de contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones
……….Asesoría Jurídica Telefónica
……….Hasta 3.000 €
Saludos desde @evacatocc
Eva Teixidor
Agente exclusiva Catalana Occidente para particulares y empresas de toda España online y presencial
Asesoramiento gratuito sobre temas relacionados con los seguros.
686.214.357
evacatalanaoccidente@gmail.com

Hola Eva.
Necessitaria més informació per un client meu i possible teu. Si us plau, m´ho pots enviar a termens@icab.es
Gràcies i salutacios
Josep Térmens
Advocat
Per suposat Josep.
Ja t’he enviat per email la informació que em demanes.
Moltes gràcies per haver-te posat en contacte amb mi.
Salutacions cordials desde @evacatocc
Eva Teixidor
Gracias, Eva. Desconocía este tipo de seguros. Yo tengo un apartamentos turístico que alquilo en temporadas de vacaciones ¿también cubríría a inquilinos por temporadas?
Un abrazo.
Hola Verónica,
Gracias por tu comentario.
No, no te cubriría porqué una de las condiciones para poder contratar este tipo de seguro es que es para inquilinos que tengan contrato de mínimo 1 año.
Lo siento…. así son las normas…
Saludos desde @evacatocc
Eva Teixidor
Eva, ¿hay posibilidad de ampliar las coberturas? Que pueda cubrir más tiempo de demora en el pago de las rentas o que la compañía se haga cargo de daños de mayor cuantía que esos tres mil euros…
Gracias!
Hola Maite,
En esas cifras sí que no se puede jugar ni un céntimo arriba ni abajo….
Primeramente, gracias por seguir mi blog.
Y en segundo lugar, mi respuesta a tus dos preguntas es un sentido NO
Aún y lo dicho, me parece que recordar que un entendido del mercado de este tipo de seguros; un dia me comentó que era el seguro más completo de este tipo, con las mejores coberturas y de menor precio. Se ve que los hay de menor precio pero solo te cubren el juicio y ya está nada de extras ni nada más…
Si a caso, como ya sois varias personas que me habéis preguntado por los detalles del seguro; mi próximo post, será sobre estos detalles que también son importantes de saber.
Muchas gracias por tu consulta.
Saludos cordiales desde @evacatocc
Eva Teixidor
Gracias por tu respuesta. ¡Espero con impaciencia tu próximo post con esos detalles!
Hola!! ¿Quien tiene la obligación de pagarlo? ¿el arrendador o inquilino?. Muchas gracias, espero tu respuesta
La obligación de pagar este seguro de Protección Integral del arrendador? Pues como se supone que a quien protege es al arrendador pues en principio lo tendría que pagar el arrendador pero no por un tema legal que lo puede pagar quien quiera sino por un tema de lógica. Otra cosa es que se haya llegado a un acuerdo escrito entre el inquilino y el arrendador de pagar a medias o en otra proporción este seguro de Protección Integral del Arrendador.
Espero haberte ayudado.
Si te ha gustado mi asesoramiento gratuito te agradecería que me hicieras un comentario al respeto de como se acabó solucionando el tema y de si has utilizado mi consejo
Saludos
Eva Teixidor