Como muchos de vosotr@s me habéis pedido; os remito la información solicitada sobre el seguro de:
Protección Integral del Arrendador
La cobertura PROTECCIÓN INTEGRAL DEL ARRENDADOR pretende prestar al Tomador del Seguro, en su calidad de arrendador, una triple protección:
- Impago de alquileres por parte del inquilino
Se garantiza el cobro de la renta mensual fijada en las condiciones particulares de la póliza.
100% de la renta mensual hasta un máximo 12 meses de renta (franquicia 1 mes)
- Actos vandálicos ocasionados en su vivienda
Indemnización de los gastos ocasionados por los deterioros inmobiliarios y/o robo de continente de la vivienda asegurada, causados por el inquilino.
Hasta 3.000 € (franquicia 300 €)
- Defensa jurídica
Asesoramiento jurídico y defensa de los intereses ante cualquier conflicto relacionado con la vivienda alquilada, entre ellos por supuesto, conflictos derivados del contrato de arrendamiento.
- Defensa y reclamación del contrato de arrendamiento
- Defensa de derechos ante el Consorcio de Compensación de Seguros
- Defensa de la Responsabilidad Penal
- Reclamación de daños de origen Extracontractual
- Derechos relativos a la vivienda
- Reclamación por Incumplimiento de Contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones
- Asistencia jurídica telefónica
Hasta 3.000 € por el conjunto de garantías anteriores
DOCUMENTACIÓN IMPRESCINDIBLE APORTAR PARA LA CONTRATACIÓN DE LA COBERTURA
- Contrato de arrendamiento entre las partes (duración mínima 1 año)
- Nombre y DNI del Arrendatario o inquilino
- Documento adjunto al proyecto referente a la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos), debidamente firmado por el Arrendador y el Arrendatario
- Para arrendatarios asalariados, antigüedad laboral e ingresos anuales
- Para arrendatarios autónomos, última declaración de renta y/o IVA
- Para arrendatarios jubilados, últimos ingresos percibidos como pensionista
- Para estudiantes, DNI del avalista y aval firmado
ATENCIÓN. Esta documentación deberá ser remitida al agente exclusivo el cual la entregará al Centro de Suscripción de Catalana Occidente, quien previa supervisión, aceptará o declinará la contratación de la cobertura.
NORMAS BÁSICAS DE SUSCRIPCIÓN
- Tipo de solicitante: exclusivamente “Propietario de vivienda y alquila”
- Tipo de vivienda en régimen de alquiler: Piso, Adosada o Unifamiliar, excluidos Módulos y Viviendas prefabricadas
- Uso de la vivienda: exclusivamente “Vivienda principal”
- Cobertura mínima de Hogar: Incendios + Asistencia Hogar
- Requisitos principales del arrendatario o inquilino para la aceptación de la cobertura:
1. Si es asalariado debe acreditarse la antigüedad laboral, contrato indefinido o mínimo un año.
2. Para todo tipo de arrendatario:
- Con ingresos inferiores a 30.000 euros netos, el cociente “Renta de alquiler anual / Ingresos” debe ser inferior al 40%, es decir, el inquilino no puede destinar más del 40% de su sueldo neto al pago de la renta de alquiler.
- Con ingresos superiores a 30.000 euros netos, el cociente anterior debe ser inferior al 45%.
Así; uno sí que puede estar tranquilo y alquilar su piso con toda confianza y tranquilidad….
Saludos cordiales.
Eva Teixidor
686.214.357 y evacatalanaoccidente@gmail.com
Número Registro de mediadores exclusivos DGSFP: C046840347008-V
Agente Exclusiva de Seguros del Grupo Catalana Occidente Sucursal de Gerona para particulares y empresas de toda España online y presencial.

Gracias, Eva! Estaba esperando esta información…
Perfecto Pilar
Me alegro de que te sirva esta información…
Muchas gracias por seguir mi blog.
Saludos cordials
Eva Teixidor
Asesoramiento gratuito.
Eva, como siempre, aportando conocimiento de gran valor.
Millón de gracias.
Un abrazo.
Hola Verónica,
Muchas gracias por tu comentario y por seguir mi blog.
Me alegro de que consideres mis posts como “conocimiento de gran valor”.
Muchas gracias y saludos cordiales
Eva Teixidor